AYUDAS PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y DE OCIO NOCTURNO 2022
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 8 de febrero a las nueve horas y finalizará 15 días hábiles después.
BENEFICIARIOS:
- Establecimientos del Grupo II con horario de cierre a la 01:00 horas.
- Establecimientos del Grupo III con horario de cierre a las 02:30 horas.
- Establecimientos del Grupo IV con horario de cierre a las 04:30 horas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD:
- Licencia de actividad y/o de apertura otorgada por el Ayuntamiento correspondiente
- Informe de Vida Laboral de un CCC.
- Informe Plantilla Media de personas trabajadoras en alta correspondiente al último trimestre de 2021.
- En su caso, documentación acreditativa de la relación de trabajo o vínculo laboral de las personas trabajadoras autónomas –incluidas autónomas colaboradoras– con la entidad solicitante a 1 de diciembre de 2021.
CUANTIA AYUDA: las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido. La cuantía se establece en función del tipo de establecimiento y el número de personas trabajadoras en dicho establecimiento en situación de alta a fecha 1 de diciembre de 2021.