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AYUDAS PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y DE OCIO NOCTURNO 2022

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 8 de febrero a las nueve horas y finalizará 15 días hábiles después.

BENEFICIARIOS:

  • Establecimientos del Grupo II con horario de cierre a la 01:00 horas.
  • Establecimientos del Grupo III con horario de cierre a las 02:30 horas.
  • Establecimientos del Grupo IV con horario de cierre a las 04:30 horas.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD:

  • Licencia de actividad y/o de apertura otorgada por el Ayuntamiento correspondiente
  • Informe de Vida Laboral de un CCC.
  • Informe Plantilla Media de personas trabajadoras en alta correspondiente al último trimestre de 2021.
  • En su caso, documentación acreditativa de la relación de trabajo o vínculo laboral de las personas trabajadoras autónomas –incluidas autónomas colaboradoras– con la entidad solicitante a 1 de diciembre de 2021.

 

CUANTIA AYUDA: las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido. La cuantía se establece en función del tipo de establecimiento y el número de personas trabajadoras en dicho establecimiento en situación de alta a fecha 1 de diciembre de 2021.